jueves, 24 de septiembre de 2009

Modelo de Carta de Renuncia


CARTA DE RENUNCIA O RETIRO VOLUNTARIO


LIMA, …DE……….. DEL AÑO 200…


SEÑOR:
(1) ………………
PRESENTE.-

De mi mayor consideración:

Me es grato dirigirme a Ud a fin de hacer de su conocimiento que al amparo de lo establecido en el artículo 18º TUO del D. Leg. Nº 728 aprobado por D. S. Nº 003-97-TR formulo mi renuncia al cargo de (2)…………. Que he venido desempeñando en esta empresa desde (3)…………………..hasta (4)…………………..

Por motivos de índole personal que motivan esta decisión y que espero tenga a bien comprender, solicito me dispense del plazo de 30 días de anticipación que exige la Ley en caso de renuncia.

Asimismo agradeceré mucho que me facilite con prontitud los beneficios sociales que me corresponden, así como la entrega de mi certificado de trabajo y la carta de cese para de esta forma solicitar al Banco la Compensación por Tiempo de Servicios depositados.

Agradezco también la confianza y oportunidad que se me ha dado de trabajar en esta empresa.


Atentamente,

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EL TRABAJADOR

viernes, 18 de septiembre de 2009

El Uso de los Contratos Temporales


Planifique su producción y campañas de venta con personal adicional

A principios de la década del noventa se modificó la legislación laboral peruana a través del DL 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, con la finalidad de fomentar el empleo. Con estos cambios se pretendía flexibilizar la relación entre empleado y empleador, con lo cual se introdujeron los contratos según las necesidades del mercado, como el contrato de suplencia, los contratos por obra o servicios específicos, el contrato por temporada y el contrato de emergencia. Igualmente, se introdujo la contratación temporal por inicio o lanzamiento de una nueva actividad y el contrato por reconversión empresarial.

De esta forma, se trató de potenciar la inversión privada, permitiendo la contratación temporal aun para trabajadores que prestan servicios de naturaleza ordinaria para la empresa. Así, al iniciarse determinadas estaciones del año, ciertas empresas de sectores como turismo, educación, industrias, requieren contratar trabajadores a plazo fijo bajo la modalidad de temporada y suplencia, los más demandados.

El contrato de temporada, es aquel celebrado entre un empresario y un trabajador con el objeto de atender necesidades propias del giro del negocio, que se cumplen solo en determinadas épocas del año —como las festividades de Navidad— y están sujetos a repetirse en períodos equivalentes en cada ciclo, en función a la naturaleza de la actividad productiva. Ahora bien, si el trabajador fuera contratado por un mismo empleador por dos temporadas consecutivas o tres alternadas, este tendrá el derecho a ser contratado en las temporadas siguientes, siempre y cuando acuda al centro de labores quince días antes de iniciada la temporada.

TRABAJADOR SUPLENTE

Por su parte, el contrato de suplencia es aquel que celebran empleador con empleado con el objetivo de que se sustituya a un trabajador estable de la empresa, cuyo vínculo laboral se encuentre suspendido por alguna razón justificada, prevista en la legislación vigente —como son los casos de gozar de becas de perfeccionamiento sin goce de haberes—, o por efecto de las normas internas aplicables por el centro laboral. Su duración debe estar condicionada al tiempo que tomará la circunstancia de la suplencia.

Estas modalidades solo pueden ser utilizadas por períodos menores a los tiempos límites prefijados por la norma, cuya duración máxima es de cinco años. Así por ejemplo, si se contrata a una persona bajo la modalidad del contrato por temporada durante tres años y después se le contrata bajo la modalidad de suplencia, este último acuerdo laboral no podrá exceder los dos años porque de lo contrario se estaría excediendo del plazo máximo de cinco años establecido en el artículo 74 del DL 728.

La utilización de esta modalidad de contratos permite contar con una flexibilidad para la contratación y rotación de mano de obra, así como para la extinción del vínculo laboral. Igualmente,  las empresas que utilizan este tipo de modalidad contractual, deben estar en la capacidad de demostrar la causa objetiva que genera la necesidad de este tipo de contratos, ya que por principio se entiende que los contratos de trabajo son a plazo indeterminado siendo la excepción los contratos sujetos a modalidad.
LAS CLAVES

1. EVALÚE SU NECESIDAD. Es posible que si usted tiene algunos negocios ocasionales y no estacionales pueda contratar personal bajo otra modalidad que no sea la referida por el marco legal de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, ya que le resultará menos costoso.

2. ELABORE UN CONTRATO CLARO. Existen modelos gratuitos en páginas web de estudios jurídicos que usted puede adaptar a sus necesidades, siendo muy importante precisar la duración y las causas objetivas que determinan la contratación, así como las condiciones de la relación laboral.

3. REGÍSTRELOS A TIEMPO. Una vez evaluada la modalidad del contrato y realizadas las contrataciones, los contratos deben ser registrados ante la Autoridad Administrativa de Trabajo (en el ministerio) quince días naturales posteriores a su celebración, de lo contrario se pagará multa.

4. ENTRÉGUELO AL TRABAJADOR. Una vez presentado el contrato de trabajo ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, el empleador tiene tres días hábiles para hacer entrega de una copia del mismo al empleado, ello no solo por obligación sino para darle confianza a los trabajadores.

miércoles, 16 de septiembre de 2009

Costos y Gastos - Parte II

Clasificación de los Costos y Gastos
- Por su función
Costo de Producción
Son los que se generan en el proceso de transformar las materias primas en productos elaborados: materia prima directa, mano de obra directa y cargos indirectos.
Gasto de Distribución
Corresponden al área que se encarga de llevar los productos terminados desde la empresa hasta el consumidor: sueldos y prestaciones de los empleados del departamento de ventas, comisiones a vendedores, publicidad, etcétera.
Gasto de administración
Se originan en el área administrativa, relacionados con la dirección y manejo de las operaciones generales de la empresa: sueldos y prestaciones del director general, del personal de tesorería, de contabilidad, etcétera.
Gastos Financieros
Se originan por la obtención de recursos monetarios o crediticios ajenos.
- Por su identificación
Costos Directos
Son aquellos que se pueden identificar o cuantificar plenamente con los productos o áreas específicas.
Gastos indirectos
Son costos que no se pueden identificar o cuantificar plenamente con los productos o áreas específicas.
- Por el periodo en que se llevan al Estado de Resultados
Costos del Producto o Inventariables
Están relacionados con la función de producción. Se incorporan a los inventarios de materias primas, producción en proceso y artículos terminados y se reflejan como activo dentro del balance general.
Los costos del producto se llevan al estado de resultados, cuando y a medida que los productos elaborados se venden, afectando el renglón de costo de los artículos vendidos.
Gastos del Periodo o No Inventariables
Se identifican con intervalos de tiempo y no con los de productos elaborados. Se relacionan con la función de operación y se llevan al estado de resultados en el periodo en el cual se incurren.
- Por su grado de variabilidad
Gastos Fijos
Son los costos que permanecen constantes dentro de un periodo determinado, independientemente de los cambios en el volumen de operaciones realizadas.
Costos Variables
Aquellos cuya magnitud cambia en razón directa del volumen de las operaciones realizadas.
Costos Semifijos
Los que tienen elementos tanto fijos como variables.
- Por el momento en que se determinan
Costos Históricos
Se determinan después de la conclusión del periodo de costos.
Costos Predeterminados
Se determinan con anticipación al periodo en que se generan los costos o durante el transcurso del mismo.
Empresa Comercial y Empresa de Transformación
Es importante mencionar las diferencias que existen entre las actividades de la empresa comercial y la empresa de transformación.
- Empresa comercial.
Tiene como principal función económica actuar como intermediario, comprando artículos elaborados para posteriormente revenderlos
- Empresa de Transformación.
Se dedica a la adquisición de materias primas para transformarlas y ofrecer un producto a los consumidores, diferente al que la empresa adquirió
Funciones de una empresa de transformación
A continuación se describen a grandes rasgos las funciones de una empresa de transformación
- Compra de materia prima,
Este costo se forma por el precio de adquisición facturado por los proveedores, más todos aquellos costos inherentes al traslado de la materia prima hasta la propia empresa, tales como: fletes, gastos aduanales, impuestos de importación, seguros, etcétera. Esta función termina al momento en que la materia prima llega al almacén y está en condiciones de utilizarse en el proceso de producción.
- Producción o manufactura,
Comprende el conjunto de erogaciones relacionadas con la guarda, custodia y conservación de los materiales en el almacén; la transformación de éstos en productos elaborados mediante la incorporación del esfuerzo humano y el conjunto de diversas erogaciones fabriles. Concluye la función en el momento en que los artículos elaborados se encuentran en el almacén de artículos terminados disponibles para su venta.
- Distribución
Comprende la suma de erogaciones referentes a la guarda, custodia y conservación de los artículos terminados; su publicidad y promoción, el empaque, despacho y entrega de los productos a los clientes; los gastos del departamento de ventas; los gastos por la administración en general y los gastos por el financiamiento de los recursos ajenos que la empresa necesita para su desenvolvimiento.

Costos y Gastos - Parte I


Definición de Costos
“Es el valor monetario de los recursos que se entregan o prometen entregar, a cambio de bienes o servicios que se adquieren.”
GARCÍA COLÍN, Contabilidad de costos
“Son la suma de esfuerzos y recursos que se han invertido para producir algo.”
DEL RIO GONZALEZ, Costos I
“Es el conjunto de pagos, obligaciones contraídas, consumos, depreciaciones, amortizaciones y aplicaciones atribuibles a un periodo determinado, relacionadas con las funciones de producción, distribución, administración y financiamiento.”
ORTEGA PÉREZ DE LEÓN, Contabilidad de costos
Definición de Gasto
“Comprende todos los costos expirados que pueden deducirse de los ingresos. En un sentido más limitado, la palabra gasto se refiere a gastos de operación, de ventas o administrativos, a intereses y a impuestos.”
JAMES A. CASHIN, Contabilidad de costos
Diferencias entre costos y gastos
- Costos
Costo del producto o costos inventariables
El valor monetario de los recursos inherentes a la función de producción; es decir, materia prima directa, mano de obra directa y los cargos indirectos.
Estos costos se incorporan a los inventarios de materias primas, producción en proceso y artículos terminados, y se reflejan dentro del Balance General.
Los costos totales del producto se llevan al Estado de Resultados cuando y a medida que los productos elaborados se venden, afectando el renglón de costo de los artículos vendidos.
- Gastos
Gastos del periodo o gastos no inventariables
Son los que se identifican con intervalos de tiempo y no con los productos elaborados.
Se relacionan con las funciones de distribución, administración y financiamiento de la empresa.
Estos costos no se incorporan a los inventarios y se llevan al Estado de Resultados a través del renglón de gastos de ventas, gastos de administración y gastos financieros, en el periodo en el cual se incurren.
- Costos capitalizables
Son aquellos que se capitalizan como activo fijo o cargos diferidos y después se deprecian o amortizan a medida que se usan o expiran, dando origen a cargos inventariables (costos) o del periodo (gastos).

Plan Contable General para Empresas

martes, 15 de septiembre de 2009

CONSTITUCION DE EMPRESAS EN 72 HORAS

MYPE SE PODRÁN CONSTITUIR EN 72 HORAS CON NUEVA LEY
Con la plataforma del portal de servicios al ciudadano y empresas
Estado puede destinar el 40% de sus compras a estas unidades
Una de las ventajas de la nueva Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa (Ley Mype) es que estas unidades productivas se podrán constituir en 72 horas mediante la plataforma virtual del portal de servicios al ciudadano y empresas, que posibilita la formalización y constitución de empresas.
Así lo sostuvo la titular del Ministerio de la Producción (Produce), Mercedes Aráoz, quien inició hoy una campaña dinámica con el propósito de dar a conocer y promocionar en el país los beneficios que brinda la nueva Ley en favor de su desarrollo.
"Esta campaña tiene el lema: "No te pongas límites, aprovecha la Ley Mype y crece tú también. Con ella queremos que estas empresas apunten a la formalización, acogiéndose a una serie de beneficios.".
"También permite al Estado reservar el 40% de las compras estatales a favor de las mype", manifestó.
Asimismo, los propietarios, trabajadores y familiares de las microempresas accederán al Sistema Integral de Salud (SIS) familiar aportando sólo el 50% de la afiliación, y el Estado apoyará con la diferencia.
El Estado también contribuirá con una suma igual a la que haya aportado el trabajador de la microempresa, con ello se duplicará el fondo de jubilación.
La mencionada norma también permitirá que una mype tenga una planilla reducida y manejable, pues estará exonerada de aportar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), gratificaciones, asignación familiar, participación en las utilidades y póliza de seguro de vida (Régimen Laboral Especial).
Sector pesca
La comercialización de productos pesqueros en el mercado interno totalizó 57,100 toneladas métricas (TMB) brutas en junio de este año, lo que significó un aumento de 32.8% en relación al mismo mes de 2008, informó Produce.
Este resultado se debe principalmente a las mayores ventas de productos curados en 50% y productos destinados al consumo en estado fresco en 44.3%.
Según el tipo de utilización, las ventas de productos destinados al consumo humano directo ascendieron a 42,800 TMB, lo que representó el 75% del total de ventas.
Dato
Para la pequeña empresa se reconoce el pago del 50% de la CTS al año, hasta un máximo de tres remuneraciones; así como el pago del 50% de las gratificaciones de julio y diciembre.
Fuente: Diario El Peruano 26-08-2009

viernes, 11 de septiembre de 2009

LICENCIA POR PATERNIDAD

Dentro de 15 días aquellos trabajadores del sector público y privado, así como los efectivos de las Fuerzas Armadas (FFAA) y de la Policía Nacional (PNP), que se conviertan en padres gozarán de la licencia por paternidad, que comprende cuatro días de descanso remunerados.
El proyecto de ley aprobado el 10 de septiembre del 2009, por el Pleno del Congreso, se enmarca dentro de los derechos amparados por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
"Se a planteado la licencia por paternidad en el caso que nazca un hijo, ya sea en matrimonio o en convivencia para que el padre pueda gozar de una licencia de 4 días para que sea el soporte de la madre, más aún cuando el parto se efectúa a través de una cesárea".
Dentro de 15 días el Ejecutivo promulgará la norma, que gozó de la aprobación por parte de los sectores Economía y Finanzas (MEF), Trabajo y Ministerio de la Mujer (Mimdes).
Respecto a las sanciones para con el empleador que incumpla este nuevo derecho, manifestó que los temas procesales son útiles y aplicables para todos los derechos. La norma, aprobada, fija que el derecho adquirido es irrenunciable y no puede ser sustituido por pago en efectivo.